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CARRERA

ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS
DE SALUD

ADM SERV SALUD

La carrera se crea con el propósito de capacitar en las actividades propias del Área de administración de los diferentes servicios de atención de salud; hospitales públicos y privados, obras sociales, unidades sanitarias, etc. mediante el conocimiento de las complejas tecnologías de gestión.


La carrera se encuentra integrada por tres áreas: el Área de Atención de la Salud, el de Fundamentación Administrativa y el de Tecnologías Administrativas.


El área de Atención de la Salud propone introducir al alumno en la compleja preocupación de los procesos de salud y enfermedad y las acciones de prevención, y atención, y la inserción de efectores en los distintos medios socioculturales.


El área de Fundamentación Administrativa intenta brindar una visión totalizadora de las nociones básicas referidas tanto a las posibilidades de planificación, funcionamiento, conducción y evaluación de los servicios de salud como el marco jurídico que regula las relaciones entre el derecho y la administración de dichos servicios.


El área de Tecnologías Administrativas se centra en el desarrollo particularizado de las distintas tecnologías de gestión, que se convertirán en las herramientas centrales de trabajo. Abarca aquellas referidas a la planificación, a la conducción organizacional, a los aspectos financiero-contables, personal, infraestructura, mantenimiento y comercialización, a la administración de servicios técnicos y generales, al control de calidad y al uso de tecnologías asociadas.


A través de las distintas instancias curriculares que forman el plan de estudios se propone acercar al alumno a un conjunto de conocimientos interconectados facilitando de esta manera el aprendizaje.
Con la finalidad de establecer una correspondencia entre teoría – práctica y estudio, trabajo los alumnos a lo largo de los tres años cursarán tres instancias curriculares: observación del sistema sanitario, técnicas aplicadas y pasantías.
Las pasantías se instrumentarán a través de residencias en instituciones hospitalarias, en 12 hs. reloj semanales en horario diurno, en el que las Organizaciones de Servicios de Salud desarrollan la jornada laboral.

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